El Ministerio de Hacienda, a través de la Agencia Tributaria (AEAT), habilitará esta semana el procedimiento para solicitar la devolución del IRPF de los permisos de maternidad y paternidad.
El pasado 3 de octubre, la Sección Segunda de la Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo determinó que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF.
Tendrán derecho a devolución los padres y madres que hubieran tributado en eI IRPF por las prestaciones recibidas a partir de 2014, último ejercicio no prescrito.
El proceso consiste en solicitar una rectificación de las declaraciones en las que se incluyeron esas ayudas. Los contribuyentes que cobraron la prestación en 2014 y 2015 podrán solicitar la rectificación de sus declaraciones y, por lo tanto, la devolución del IRPF a partir de hoy por la tarde. Hacienda empezará a reintegrar el dinero esta misma semana.
Para los ejercicios 2016 y 2017, el plazo se inicia en enero. Hacienda prevé que en el mes de abril se habrán devuelto la totalidad de las devoluciones solicitadas.
Los contribuyentes que hubieran sufrido retenciones por las prestaciones de maternidad y paternidad de 2018 no deben realizar ningún trámite particular. Su declaración de la Renta de 2018, que se presenta en 2019, ya incorporará las prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas serán deducibles.
La sentencia del Tribunal Supremo no afecta a los permisos de maternidad y paternidad de las funcionarias y funcionarios que cotizan a través de mutuas como MUFACE y otras.
Desde este enlace puede solicitar la devolución IRPF de los permisos de maternidad y paternidad de forma telemática