Debemos de dilucidar cuando se le puede privar de custodia o de comunicación a sus hijos por discapacidad de uno de los padres. Lo primero que tenemos que tener en cuenta son los derechos del niño ante todo. La excepción es no poder estar con sus hijos, el hecho diferenciador de la discapacidad no debe ser un elemento que impida la custodia o el régimen de visitas.